INSTITUCIONES EDUCATIVAS
RESOLUCIÓN N° CU-358-2026-UNSAAC
Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para asistir a evento que se realizará en Ecuador
Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para asistir a evento que se realizará en Ecuador
UNIViversidad NACional DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RESOLUCIÓN Nº CU-358-2026-UNSAAC
Cusco, 9 de julio de 2026
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
VISTO, el Expediente Nº. 26050849, Oficio Nº 768-2026-FAZ-UNSAAC, presentado por el DR. WALTER GUILLERMO VERGARA ABARCA, DECANO DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA, sobre licencia con goce de haber a favor de docente MGT. GUIULFO DURIEL MAMANI MANGO, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria Filial Sicuani, a efecto de participar en evento internacional, que se indica, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del expediente del Visto, el señor Decano de la Facultad de Agronomía y Zootecnia, solicita se declare en comisión de servicio, del 29 al 31 de julio de 2026, con el otorgamiento de pasajes, viáticos, seguro de viaje y pago de inscripción, a favor del Mgt. Guiulfo Duriel Mamani Mango, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria Filial Sicuani, para participar en calidad de coinvestigador en el “II CONGRESO INTERNACIONAL DE BIODIVERSIDAD, AMBIENTE Y DESARROLLO PRODUCTIVO: CIENCIAS Y SOSTENIBILIDAD”, con la presentación científica: “Evaluación de calidad ovocitaria y desarrollo embrionario temprano en procesos de fertilización in vitro e ICSI para viabilizar la preñez de alpacas (EVEMICSI)”, a llevarse a efecto del 29 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de La Libertad, República de Ecuador; petición que en el fondo importa una licencia con goce de haber a favor del citado docente;
Que, obra en autos el Oficio Nro. 208-2026-EPMVS-UNSAAC, cursado por el Director de la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria Sicuani, autorizando la participación del mencionado docente en el evento señalado precedentemente; asimismo, informa que su carga académica será asumida por los docentes: Mgt. Santos Wilton Calderón Ruiz y Mgt. Julio Enrique Ramírez Huanca, lo que garantiza la solución a la carga académica;
Que, igualmente se tiene en el expediente el Informe Escalafonario Nro. 1239-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL), a través del cual el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos, emite el informe escalafonario respecto del Mgt. Guiulfo Duriel Mamani Mango, del que se colige que su ratificación se encuentra vigente;
Que, mediante Oficio Nº 390-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico de la Institución, se pronuncia favorablemente a efecto de que se conceda licencia con goce de haber a favor del docente Mgt. Guiulfo Duriel Mamani Mango, a efecto de que pueda asistir como coinvestigador en el evento antes indicado; asimismo, señala que de la Resolución Nº VRIN-54-2023-UNSAAC y Resolución Nª R-136-2021-UNSAAC, se colige que el referido docente es beneficiario del Esquema Financiero E041-2020-01-UNSAAC “Proyectos de Investigación Programa Yachayninchis Wiñarinanpaq”;
Que, la jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001976-2026 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado; documento que obra en el anexo de la presente resolución;
Que, la solicitud de licencia con goce de haber a favor del Mgt. Guiulfo Duriel Mamani Mango del 29 al 31 de julio de 2026 y apoyo económico para participar en calidad de coinvestigador en el evento señalado precedentemente, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en sesión ordinaria de fecha 08 de julio de 2026, siendo aprobada por unanimidad;
Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Art. 3° de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Estando al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente MGT. GUIULFO DURIEL MAMANI MANGO, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria Filial Sicuani de la Facultad de Agronomía y Zootecnia, del 29 al 31 de julio de 2026, con la finalidad de que pueda asistir en calidad de coinvestigador en el “II CONGRESO INTERNACIONAL DE BIODIVERSIDAD, AMBIENTE Y DESARROLLO PRODUCTIVO: CIENCIAS Y SOSTENIBILIDAD”, con la presentación científica: “Evaluación de calidad ovocitaria y desarrollo embrionario temprano en procesos de fertilización in vitro e ICSI para viabilizar la preñez de alpacas (EVEMICSI)”, a llevarse a efecto del 29 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de La Libertad, República de Ecuador.
Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor del docente beneficiario Mgt. Guiulfo Duriel Mamani Mango, lo siguiente:
- Viáticos 1 día nacional y 3 internacional ($370 día a T.C. S/ 3,42).
- Adquisición de pasajes aéreos y terrestres.
- Inscripción.
- Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001976 emitida por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; documento que en anexo forma parte de la presente resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, la comisionada deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS - RESOLUCIÓN Nro ..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.
Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Agronomía y Zootecnia.
Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe.
El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
LAURO ENCISO RODAS
Rector
2535328-1
Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de agosto de 2026. Ver la publicación original.